Sobre la revista

Enfoque y alcance

La Revista República y Derecho (RYD) es una publicación jurídico científica de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo que publica artículos jurídicos, notas, reseñas bibliográficas y traducciones, en idioma español y/o en inglés, con periodicidad continuada, en formato digital e impreso.

Su objetivo es difundir análisis novedosos y críticos que cumplan con altos estándares de calidad académica y de investigación sobre la ciencia jurídica. La RYD está dirigida a académicos, investigadores y profesionales del derecho nacionales y extranjeros.  

Proceso de evaluación por pares

El comité Editorial hace una primera revisión de los originales para asegurar tanto el correcto cumplimiento de las normas éticas y de ausencia de plagio, como de la calidad del contenido.

Si el artículo pasa esta primera instancia, el Equipo Editorial seleccionará expertos externos a la institución editora con afiliaciones nacionales y/o internacionales, especializados en las temáticas abordadas en cada trabajo. El arbitraje adopta un sistema de doble ciego, ya que se enviará el trabajo de forma anónima a dos evaluadores externos especialistas en el área, quienes remitirán a la dirección de la Revista su ponderación. Los evaluadores externos tendrán un tiempo estipulado por el Comité Editorial de 30 (treinta) días para realizar la evaluación del artículo. Su dictamen debe basarse en criterios de pertinencia, originalidad y cualidad científica establecidos por la revista.

Los evaluadores externos tendrán por misión ponderar la pertinencia del tema para la Revista, su originalidad, el aporte realizado, claridad de expresión, metodología, conclusiones, resultados y bibliografía. Su juicio podrá indicar: -que el trabajo está en condiciones de ser aceptado como está; -que está en condiciones de ser aceptado previa realización de modificaciones; -que el trabajo debe ser rechazado.

En caso de opiniones divergentes se enviará a un tercer evaluador externo quien emitirá su opinión.

La/s evaluación/evaluaciones serán re-trasmitidas al autor y éste tendrá un lapso de 20 (veinte) días para realizar las modificaciones sugeridas, permaneciendo los árbitros anónimos para el autor. 

El Comité Editorial tiene, en última instancia, la decisión final de publicar, archivar o rechazar las contribuciones recibidas. Esta decisión es tomada bajo su responsabilidad y de acuerdo al análisis de los dictámenes y las controversias que pudieran haber surgido en los mismos. El Comité Editorial tiene la potestad de rechazar las contribuciones recibidas en cualquier instancia del proceso –incluso luego de haber pasado la etapa de revisores–, si se detectara algún tipo de falta ética o conflicto de intereses no declarados.

En caso de que se le pidiera al autor realizar modificaciones, éste deberá tener en cuenta las sugerencias y observaciones de los evaluadores y del Equipo Editorial de la revista, debiéndose comprometer a realizar tales modificaciones en un tiempo no mayor a 20 (veinte) días. Al momento de subir el nuevo documento con las modificaciones realizadas, el autor deberá también enviar un correo electrónico a los editores con copia a revistaryd@derecho.uncu.edu.ar con un documento que resuma los cambios realizados y/o en caso de no acordar, ni incorporar modificaciones sugeridas, la justificación de ello. El resultado de la evaluación y la decisión de la revista, será comunicada al autor en un plazo de seis meses aproximadamente. Si llegase a superar ese tiempo se le informará al autor la situación en que se encuentra.

Frecuencia de publicación

La Revista RYD es de periodicidad continuada.

Los artículos aceptados serán publicados de forma individual, y a medida que sean aceptados formarán parte, de manera colectiva, de un número con su propia tabla de contenidos.

Cada número inicia el primer día del mes de marzo y cierra el último día del mes de noviembre. 

 

Política de acceso abierto

Esta revista provee acceso libre inmediato a su contenido bajo el principio de que hacer disponible gratuitamente la investigación al publico mediante una Licencia CreativeCommons (CC BY-NC-SA 2.5 AR), lo cual fomenta un mayor intercambio de conocimiento global.

Esta política se encuentra registrada en JSIC / Sherpa Romeo

Comité Evaluador

Alejandro Perotti. Universidad Austral. Buenos Aires. Argentina.

Alfonso Buteler. Universidad Nacional de Córdoba. Argentina.

Alberto M. Sánchez. Universidad Nacional de Cuyo. Argentina.

Pascual Eduardo Alferillo. Universidad Nacional de San Juan. Argentina.

Calógero Pizzolo. Universidad de Buenos Aires. 

Cecilia Recalde. Universidad Católica Argentina / Asociación Argentina de Derecho Constitucional. Argentina.

Claudia Martin. American University. Washington College of Law. Estados Unidos.

Carlos Massini Correas. Universidad de Mendoza. Argentina.

Estela B. Sacristán. Universidad de Buenos Aires / Universidad Católica Argentina. 

Eugenio Palazzo. Universidad Católica Argentina.

Eduardo Javier Riggi. Universidad Pompeu Fabra /Universidad de Mendoza / Universidad Austral / Miembro del Instituto de Derecho Penal de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Efraín Hugo Richard. Universidad Nacional de Córdoba / Miembro de Número de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. Argentina.

Gabriela Ábalos. Universidades de Mendoza / Universidad Nacional de Cuyo / Asociación Argentina de Derecho Constitucional / Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos / Instituto de Derecho Constitucional de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales. Argentina.

Guillermo Yacobucci. Universidad Austral. Buenos Aires. Argentina.

Guillermo Meléndez Lizarazo. Abogado. Filósofo. Máster Universidad de Alcalá. Docente Programa de Derecho UDI y UMB. España.

Héctor Faúndez Ledesma. Universidad Central de Venezuela.

Jorge Araya. Secretario del Comité de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad. 

Jorge Edmundo Barbará. Universidad Nacional de Córdoba. Argentina

Juan Bautista Etcheverry. CONICET / Universidad Austral. Buenos Aires. Argentina.

Laura Alicia Camarillo Govea. Universidad Autónoma de Baja California. México.

Liber Martín. Universidad Nacional de Cuyo /Universidad de Mendoza /CONICET. Argentina.

Lidia Garrido. Universidad de Buenos Aires. Argentina. 

Marcela Basterra. Universidad de Buenos Aires / Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Argentina. 

María Cristina Alé. Universidad de Mendoza(Argentina). Europa-Universität Viadrina Frankfurt(Oder)(Alemania). 

Mauricio Pinto. Universidad Nacional de Cuyo. Argentina.

Mauricio Boretto. Universidad Nacional de Cuyo / Instituto Derecho Empresario Academia Ciencias Sociales Buenos Aires. Argentina.

Mateo Bermejo. Universidad Nacional de San Juan / Universidad Austral. Argentina.

Michele Carducci. Università del Salento. Italia.

Miguel Ángel Ciuro Caldani. Universidad Nacional de Rosario. Argentina.

Pablo Garat. Universidad Católica Argentina. 

Patricio Maraniello. Presidente de la Asociacion Argentina de Justicia Constitucional.

Rafael Mariano Manóvil. Universidad de Buenos Aires y miembro de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales.

Patricio López Valentín. Universidad de Mendoza / Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos. Argentina.

Ramiro Dillon. Universidad Católica Argentina y Universidad de Mendoza.

Raul E. Altamira Gigena. Universidad Nacional de Córdoba. Argentina. 

Raúl Romero. Universidad Nacional de Cuyo /Universidad de Mendoza. Argentina.

Sandra Casabene. Universidad Nacional de Cuyo / Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos. Argentina / Asociación Argentina de Derecho Constitucional. Argentina.

Sergio García Ramirez. Universidad Nacional Autónoma de México.

Silvina Baron Knoll. Universidad Nacional de Cuyo /Universidad de Mendoza / Universidad de Congreso / Universidad Católica Argentina. Argentina.

Victor Enrique Ibañez Rosaz. Universidad de Mendoza / Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos. Argentina. 

Walter Carnota. Universidad de Buenos Aires.  

Cargos por procesamiento de artículos (APCs)

Revista República y Derecho no cobra cargos a los autores por el procesamiento de los artículos. Ninguna parte del proceso editorial resulta en costos para los autores.

Política de preservación de archivos

Los archivos de Revista RYD se encuentran alojados en servidores dedicados dentro de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo. El sistema de servidores observa una estricta política de respaldo de archivos que garantiza la persistencia a largo plazo de los mismos.

Código de ética

Revista RYD presta especial atención a evitar tres formas de comportamiento no ético, Falsificación de Datos, Piratería y Plagio.

Falsificación de datos
Tal vez la forma más flagrante y más fácil de definir (aunque no siempre fácil de detectar) de mala conducta en la investigación. La falsificación se refiere a la alteración de materiales, protocolos, datos o resultados de investigación. La falsificación es una forma grave de mala conducta porque da como resultado un registro científico que no refleja con precisión la verdad observada.

Piratería y plagio
La piratería se define como la reproducción o el uso no autorizado de ideas, datos o métodos de terceros sin el debido permiso o reconocimiento. Una vez más, el fraude juega un papel central en esta forma de mala conducta. La intención del perpetrador es apropiarse de las ideas o métodos como propios.
El plagio es una forma de piratería que implica el uso no autorizado o la imitación del lenguaje y los pensamientos de otros, así como la representación como su propio trabajo original, sin permiso o reconocimiento por parte del autor de la fuente de estos materiales. El plagio generalmente involucra el uso de materiales de otros, pero puede aplicarse a la duplicación de resultados publicados previamente por investigadores (esto a veces se denomina autoplagio o publicación duplicada).

Para resolver estas situaciones, conflictos y otros casos de mala conducta en la investigación, esta revista se rige por las directrices de COPE (Committee on Publication Ethics).

Política de repositorio

Los autores pueden depositar la versión de la obra publicada en la revista y cualquier otra version previa o posterior en repositorios institucionales, temáticos o web personal. No se requeire periodo de embargo. Esta política se encuentra registrada en JSIC / Sherpa Romeo

Historial de la revista

A tres décadas de la fundación de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo surgió  “República y Derecho” con el propósito de difundir  el pensamiento jurídico de investigadores nacionales y extranjeros.

Esta revista universitaria se presenta a la comunidad académica como un producto editorial plural y crítico sustentado en nuestra vocación por la investigación y el debate, y por nuestra visión del derecho como una inestimable herramienta de construcción de una sociedad más justa.