Los derechos de las mujeres y los niños en el artículo 18(3) de la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos

Autores/as

  • Mumbanika Mbwisi Dady (Universidad de Kikwit, República Democrática del Congo)

Palabras clave:

Derechos de las mujeres, Derechos del niño, Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos

Resumen

Los derechos humanos y de los pueblos, como surge del texto de la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, se aplican a todos, incluidos las mujeres y los niños. Sin embargo, en comparación con otros tratados regionales e internacionales de derechos humanos, la Carta Africana no aborda con más detalle los derechos específicos de las mujeres y los niños, excepto en el artículo 18(3), que ordena a los Estados parte garantizar la protección de los derechos de las mujeres y niños estipulados en declaraciones y convenciones internacionales. El presente estudio investiga hasta qué punto los derechos de las mujeres y los niños, como se estipula en otras declaraciones y convenciones internacionales, pueden formar parte de la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos.

Biografía del autor/a

Mumbanika Mbwisi Dady, (Universidad de Kikwit, República Democrática del Congo)

LLM (Universidad de Ciudad del Cabo), candidato a doctorado (Universidad de Erlangen – Nurnberg) y profesor titular de la Universidad de Kikwit (República Democrática del Congo).

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Publicado

2020-06-11

Cómo citar

Dady, M. M. (2020). Los derechos de las mujeres y los niños en el artículo 18(3) de la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos. República Y Derecho, 5(5), 1–22. Recuperado a partir de https://revistaryd.derecho.uncu.edu.ar/index.php/revista/article/view/175